DECLARACIÓN DE DERECHOS DE VIRGINIA. 1776
El siguiente texto nos va a servir para comenzar con la práctica del comentario de texto. Debéis seguir el guión que ya tenéis y que también aparece en este blog en otra entrada.
Recordad que hay que realizar el comentario desarrollado marcando sólo los cuatro puntos en que se divide el texto.
No hay que parafrasear o copiar frases directamente del texto.
Debemos utilizar el texto para exponer todo lo que sabemos sobre el tema o idea principal pero haciendo alusión continuamente al texto, y de esa manera, justificando con el texto el por qué hablamos sobre algunos temas concretos de los que hemos estudiado, y olvidamos otros, que no aparecen en el texto.
El contexto histórico es de suma importancia, teniendo en cuenta, sus causas, su desarrollo y sus consecuencias.
Por último, en la conclusión, debemos resaltar la importancia histórica del tema que estamos tratando.
Ánimo y al toro
I. Que todos los hombres son, por naturaleza, igualmente libres e independientes, y que tienen ciertos
derechos inherentes de los que no pueden privar o desposeer a su posteridad por ninguna especie de
contrato, cuando se incorporan a la sociedad; a saber, el goce de la vida y de la libertad con los medios de adquirir y poseer la propiedad y perseguir y obtener la felicidad y la seguridad.
II. Que todo poder está investido en el pueblo y, por consiguiente, deriva del pueblo; […]
IV. Que ningún hombre o grupo de hombres tiene derecho a privilegio o ventajas exclusivas o separadas de la comunidad, sino en consideración del desempeño de servicios públicos, cuyos cargos no son transmisibles, no debiendo ser hereditarios los oficios de magistrado, juez o legislador.
V. Que los poderes legislativo, ejecutivo y judicial deben estar separados y son diferentes; y que los
miembros de estos poderes, a fin de ser refrenados de la opresión por la participación y el sentimiento
de las cargas del pueblo, deberán, en períodos determinados, volver a su empleo particular, […] supliendo las vacantes por elecciones frecuentes, seguras y regulares.
VI. Que todas las elecciones deben ser libres y que todos los hombres que hayan probado suficientemente su adhesión a la comunidad y un interés común permanente con ella tienen derecho de sufragio, y no podrán ser gravados con impuestos o privados de su propiedad para uso público sin su propio consentimiento o el de sus representantes así elegidos. […]
XII. Que la libertad de prensa es uno de los más grandes baluartes de la libertad y no puede ser restringida sino por un gobierno despótico. […]
XVI. Que la religión o el deber que tenemos para con nuestro Creador y la forma de cumplirlo, solo puede estar dirigido por la razón y la convicción, y no por la fuerza o la violencia; y, por consiguiente, todos los hombres están igualmente autorizados al libre ejercicio de la religión de acuerdo con los dictados de su conciencia. […]
Declaración de Derechos de Virginia,
12 de junio de 1776
Un poco de información adicional sobre este documento
http://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_Derechos_de_Virginia
Recordad que hay que realizar el comentario desarrollado marcando sólo los cuatro puntos en que se divide el texto.
No hay que parafrasear o copiar frases directamente del texto.
Debemos utilizar el texto para exponer todo lo que sabemos sobre el tema o idea principal pero haciendo alusión continuamente al texto, y de esa manera, justificando con el texto el por qué hablamos sobre algunos temas concretos de los que hemos estudiado, y olvidamos otros, que no aparecen en el texto.
El contexto histórico es de suma importancia, teniendo en cuenta, sus causas, su desarrollo y sus consecuencias.
Por último, en la conclusión, debemos resaltar la importancia histórica del tema que estamos tratando.
Ánimo y al toro
I. Que todos los hombres son, por naturaleza, igualmente libres e independientes, y que tienen ciertos
derechos inherentes de los que no pueden privar o desposeer a su posteridad por ninguna especie de
contrato, cuando se incorporan a la sociedad; a saber, el goce de la vida y de la libertad con los medios de adquirir y poseer la propiedad y perseguir y obtener la felicidad y la seguridad.
II. Que todo poder está investido en el pueblo y, por consiguiente, deriva del pueblo; […]
IV. Que ningún hombre o grupo de hombres tiene derecho a privilegio o ventajas exclusivas o separadas de la comunidad, sino en consideración del desempeño de servicios públicos, cuyos cargos no son transmisibles, no debiendo ser hereditarios los oficios de magistrado, juez o legislador.
V. Que los poderes legislativo, ejecutivo y judicial deben estar separados y son diferentes; y que los
miembros de estos poderes, a fin de ser refrenados de la opresión por la participación y el sentimiento
de las cargas del pueblo, deberán, en períodos determinados, volver a su empleo particular, […] supliendo las vacantes por elecciones frecuentes, seguras y regulares.
VI. Que todas las elecciones deben ser libres y que todos los hombres que hayan probado suficientemente su adhesión a la comunidad y un interés común permanente con ella tienen derecho de sufragio, y no podrán ser gravados con impuestos o privados de su propiedad para uso público sin su propio consentimiento o el de sus representantes así elegidos. […]
XII. Que la libertad de prensa es uno de los más grandes baluartes de la libertad y no puede ser restringida sino por un gobierno despótico. […]
XVI. Que la religión o el deber que tenemos para con nuestro Creador y la forma de cumplirlo, solo puede estar dirigido por la razón y la convicción, y no por la fuerza o la violencia; y, por consiguiente, todos los hombres están igualmente autorizados al libre ejercicio de la religión de acuerdo con los dictados de su conciencia. […]
Declaración de Derechos de Virginia,
12 de junio de 1776
Un poco de información adicional sobre este documento
http://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_Derechos_de_Virginia
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